La mora del asegurado en el pago del premio suspende la obligacion eventual del asegurador al pago indemnizatorio o prestacion convenida por siniestro.
La garantia que el seguro ofrece queda suspendida hacia el futuro hasta ser rehabilitada con el pago; de tal manera que la compañia no esta obligada a atender el siniestro provocado por un hecho ocurrido durante el tiempo de mantenimiento de la mora.
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